El 8 de marzo es una fecha para conmemorar la lucha que las mujeres han realizado, a nivel mundial, para poder llevar una vida libre de violencia. El suceso conocido como Campo Algodonero en Ciudad Juárez, es un ejemplo de esta lucha, pues significó un parteaguas para investigar casos de violencia de género en México, ya que fue el primero en el que se ordenó incluir perspectiva de género.
Además, fue con este caso donde se determinó que los considerados homicidios de mujeres deberían ser tratados como feminicidios, un tipo de violencia que puede ser definido, según el artículo 325 del código penal federal, como «privar de la vida a una mujer por razones de género».
Derivado del caso en Ciudad Juárez, fueron estipulados parámetros para determinar, prevenir, investigar, procesar y castigar a quienes ejercen violencia machista. Es decir, se estableció un precedente para identificar cuando ocurren delitos cuyo motivo es la violencia de género.
El Caso Campo Algodonero
El 6 de noviembre de 2001, los cuerpos de Claudia Ivette González, Esmeralda Herrera Monreal y Laura Berenice Ramos Monárrez fueron hallados en un campo algodonero de Ciudad Juárez, con rastros de saña por parte de los homicidas.
Entonces, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) indicó que «la forma en que fueron encontrados los cuerpos de las tres víctimas sugiere que fueron violadas y abusadas con extrema crueldad», por lo que emitió recomendaciones al Estado mexicano para el caso.
Sin embargo, tras considerar que México no acató las recomendaciones, la CNDH decidió presentar el caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y solicitó que el Estado fuera declarado responsable por la violación de derechos de las mujeres.
La demanda fue notificada en 2007 y se responsabilizó al Estado por “la falta de medidas de protección a las víctimas, dos de las cuales eran menores de edad; la falta de prevención de estos crímenes, pese al pleno conocimiento de la existencia de un patrón de violencia de género que había dejado centenares de mujeres y niñas asesinadas; la falta de respuesta de las autoridades frente a la desaparición; la falta de debida diligencia en la investigación de los asesinatos, así como la denegación de justicia y la falta de reparación adecuada”, según se indica en la sentencia de la CIDH.
Para 2008, el Estado presentó su contestación por escrito, donde cuestionó la injerencia de la Corte para conocer sobre las presuntas violaciones, a pesar de que México había reconocido la competencia del Tribunal desde 1998. Asimismo, reconoció parcialmente su responsabilidad internacional, lo que fue cuestionado por la CIDH.
Después de un año, la CIDH determinó que el Estado mexicano fue responsable, debido a omisiones en la investigación del caso Campo Algodonero, de la violación de los siguientes derechos estipulados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos:
- Artículo 1. Obligación de respetar los derechos
- Artículo 11. Derecho a la honra y dignidad
- Artículo 19. Derecho de niño
- Artículo 2. Deber de adoptar disposiciones de derecho interno
- Artículo 25. Protección Judicial
- Artículo 4. Derecho a la vida
- Artículo 5. Derecho a la Integridad Personal
- Artículo 8. Garantías Judiciales
Resultados del caso
Tras el acontecimiento, la Corte ordenó al Estado identificar, procesar y sancionar a los responsables de la desaparición, maltratos y asesinato de las jóvenes víctimas del caso, precisando que la investigación debería incluir una perspectiva de género.
Se estableció la obligación del Estado para levantar monumento en memoria de las mujeres víctimas de homicidio por razones de género en Ciudad Juárez.
Fue otorgada una cantidad adicional de dinero para las madres de las víctimas, ya que se consideró que en ellas “recayó la búsqueda de justicia”.
Además, fueron estandarizados los protocolos, criterios ministeriales de investigación, servicios periciales y de impartición de justicia, para combatir desapariciones y homicidios de mujeres y los distintos tipos de violencia contra las mujeres, basado en una perspectiva de género.