La Secretaría de Economía publicó este viernes la norma mexicana 51 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la cual consiste que la industria de alimentos y bebidas no alcohólicas deberá colocar sellos preventivos en sus productos a partir del 1 de octubre próximo.
“Esta norma oficial mexicana tiene por objeto establecer la información comercial y sanitaria que debe contener el etiquetado del producto preenvasado destinado al consumidor final, de fabricación nacional o extranjera, comercializado en territorio nacional, así como determinar las características de dicha información y establecer un sistema de etiquetado frontal, el cual debe advertir de forma clara y veraz sobre el contenido de nutrimentos críticos e ingredientes que representan riesgos para su salud en un consumo excesivo”, dice el DOF.
Los productos deberán portar sellos negros de forma hexagonal con leyendas que adviertan sobre el exceso de los nutrientes críticos (calorías, sodio, grasas trans, azúcares, grasas saturadas), a los cuales se les atribuye provocar enfermedades como sobrepeso y obesidad, que pueden derivar en otras como diabetes, de acuerdo con La Jornada.
Los sellos deberán estar ubicados en la esquina superior derecha de la cara principal del envase que contenga el alimento o bebida no alcohólica.
Además, los productos también deberán incluir advertir que contienen cafeína y edulcorantes, por lo que los menores de edad no podrán consumirlo.
Fuente AristeguiNoticias