La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó la sentencia que elimina la prohibición absoluta al consumo lúdico y recreativo de la mariguana, por lo que ahora solo tiene que formalizarse en el Diario Oficial de la Federación para que puedan tramitar en la Cofepris los permisos que permitan la adquisición de la semilla, siembra, cultivo, cosecha, preparación, posesión y transporte.
«En lo sucesivo, y mientras el Congreso de la Unión no legisle al respecto, la Secretaría de Salud deberá emitir esas autorizaciones sólo a personas adultas. “La Cofepris deberá establecer los lineamientos y modalidades de la adquisición de la semilla y tomar todas las medidas necesarias para dar cauce al derecho tutelado», detalla la sentencia publicada por el máximo tribunal del país.
El documento también contiene el llamado a la Cámara de Diputados y al Senado de la República a legislar respecto del derecho al autoconsumo recreativo de cannabis y THC, a fin de generar seguridad jurídica a los usuarios y a terceras personas, así como las condiciones de información necesarias para ejercerlo responsablemente.
«Tomar las medidas que estime pertinentes para tratar esta cuestión como un problema de salud pública; y para brindar a las autoridades de Salud un marco normativo que les permita delimitar adecuadamente el ejercicio de ese derecho para evitar daños a terceros». La sentencia está acompañada de las opiniones de cinco ministros de la Corte, entre ellos los tres que votaron en contra de la Declaratoria General de Inconstitucionalidad que eliminó hace un par de semanas la prohibición absoluta al consumo lúdico y recreativo de la mariguana.