Los despidos a trabajadores con más de 20 años de antigüedad únicamente podrán ser por causas graves y justificadas, resolvió la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
La Segunda Sala resolvió una contradicción de una tesis para que el patrón esté obligado a expresar en un “aviso correspondiente” la causa grave que motiva y “hace imposible la continuación de la relación de trabajo”.
Ésta no sólo deberá señalar la fecha y causa que motivan la rescisión laboral, también deberá explicar las razones por las que considera que la falta cometida es grave o hace imposible seguir la relación laboral.
El objetivo es que el trabajador tenga conocimiento de las razones y pueda preparar su defensa, respecto a la existencia de la causa o sobre las consideraciones que la califican como grave.