El Paquete Económico 2020 entregado ayer por el secretario de Hacienda, Arturo Herrera, a la Cámara de Diputados, propone frenar la evasión fiscal y eficientar la retención de impuestos a plataformas digitales, arrendadores de casa habitación, outsourcing y vendedores de productos por catálogo.
“No hay ningún elemento de terrorismo fiscal ahí. Es muy claro que éstas son prácticas que existen en el Reino Unido, en Portugal y Estados Unidos”, aseguró el titular de Hacienda, Arturo Herrera, a la pregunta de si esta decisión de utilizar diversos mecanismos para castigar a los evasores puede ser en realidad terrorismo fiscal.
El Proyecto de la Ley de Ingresos de la Federación 2020 establece que los ingresos por cobro de impuestos serán por tres billones 499 mil 425 millones 800 mil pesos. Durante 2019, fue de tres billones 311 mil 373.4 millones de pesos.
Además de la retención de impuestos a servicios como Rappi o Spotify, o a vendedores de Avon o Mary Kay, la propuesta incluye “actualizar” la tasa de impuesto a quienes tienen ahorros en los bancos.
El documento plantea una estimación de ingresos por seis billones 946 mil 335.8 millones de pesos y una expectativa de crecimiento real de entre 1.5% y 2.5 por ciento.
Calcula la inflación en 3% y fija en 49 dólares el precio del barril de petróleo. Prevé un déficit de 547 mil 140.8 millones de pesos y un tipo de cambio de 20 pesos por dólar.
Respecto a los vendedores por catálogo, de productos como Andrea, Price Shoes, Avon, Mary Kay, Tupperware, entre muchos otros, precisa “se propone un esquema simplificado de retención, que consiste en determinar el ISR a pagar sobre la diferencia entre el precio de venta sugerido y el precio de compra, este último directamente observado por la empresa que provee los productos al vendedor independiente. Con este esquema se fomenta la formalidad y se otorga certidumbre tributaria a los vendedores independientes, los cuales actualmente, ante la falta de un esquema acorde a sus necesidades, se ven obligados a tributar en el régimen general de personas físicas con actividad empresarial”.

