La comisión de derechos humanos aprobó el dictamen por el cual se modifica la Constitución Política de Chihuahua para armonizarla en materia de derechos humanos.
El artículo cuarto de la constitución local establecerá que toda persona gozará de los derechos humanos que reconoce el ordenamiento local, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Tratados Internacionales signados por el país, las leyes secundarias y las garantías para su protección.
A la constitución se modificarán algunos párrafos relacionados con el derecho a la identidad y a la igualdad, en donde se establece que queda prohibida la discriminación y cualquier tipo de violencia, por acción u omisión, motivada por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidades, condición social, religión, opiniones, preferencias sexuales o estado civil.
De igual forma se modifica el apartado sobre el derecho al acceso al agua, al aprovechamiento de fuentes renovables de energía, derecho a la participación ciudadana, a la cultura física, al acceso a la información y al derecho a la no revelación de fuentes de información, es decir que los medios de comunicación, y los periodistas, no podrán ser obligados a revelar sus fuentes, aún sea fuera o dentro de juicio.
También se modifica lo relacionado con el interés superior de la infancia, para reforzar los derechos de las niñas y niños en el estado de Chihuahua, así como las obligaciones de las autoridades para garantizar se cumplan estos derechos.