La tarde de este lunes, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó por mayoría que aquellos sufragios dirigidos a la excandidata presidencial independiente Margarita Ester Zavala Gómez del Campo, serán contabilizados como votos nulos.
En caso de que la cantidad de votos nulos sea mayor que la diferencia entre los votos acaparados por el primer y segundo candidatos, existirán los efectos legales para el recuento de los sufragios. El TEPJF detalló que Margarita Zavala perdió sus efectos jurídicos, aunque su nombre permanezca en la boleta.
Los magistrados revocaron el acuerdo INE/CG511/2018 del Consejo Generaldel Instituto Nacional Electoral (INE) aprobado el pasado 28 de mayo y en el que se determinaron efectos jurídicos de votos emitidos para la candidatura cancelada de la exprimera dama en el proceso comicial federal 2017-2018.
Al respecto, Janine Madeline Otálora Malassis, magistrada presidenta de la Sala Superior del TEPJF, refirió: “No se trata de invisibilizar el voto a favor de esta candidata, sino de establecer un sistema de darle vida”.